Pasos a seguir para Comprar o Vender una Propiedad

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Pasos a seguir para Comprar o Vender una Propiedad


1.- Busque un agente inmobiliario de su confianza, pues le ahorrará tiempo y dinero. Ellos tienen una amplia cartera de propiedades y clientes, conocen los precios del mercado, lo ayudan con los trámites y actúan como intermediarios entre el comprador y el vendedor. También puede vender su propiedad directamente, lo que requerirá de su dedicación y tiempo.

2.- Una vez que ha encontrado la propiedad deseada, el agente inmobiliario o usted negociará con los propietarios su oferta sobre el inmueble y probablemente recibirá una contraoferta, hasta llegar a una cifra conveniente para ambos. El agente es un intermediario neutral. Su interés está puesto en que la negociación culmine con éxito y debe de llevarla a un punto medio en el cual se beneficien ambos: comprador y vendedor.

3.- Una vez aceptada la oferta, el comprador debe pedir los siguientes documentos:

Certificado de Gravamen
Títulos de Propiedad
Declaración de Autoavalúo Municipal

Estos tres documentos deben ser revisados por un abogado.

4.- Una vez que se verifica con los Títulos de Propiedad que el vendedor es verdaderamente el dueño y con el Certificado de Gravamen se comprueba que la propiedad no tiene ninguna hipoteca, embargo o cualquier otra carga que impida su venta, se procede a hacer un Contrato de Arras o una Minuta de Compraventa.

5.- El Contrato de Arras es un documento por el cual el comprador entrega el 10% (negociable) del precio de venta acordado. Este contrato debe especificar el precio de la venta, los plazos para hacer la minuta y escritura y la fecha de entrega de las llaves del inmueble. En los Contratos de Arras Confirmatorias, si el cliente desiste de comprar, pierde las arras, y si el vendedor desiste de efectuar la transacción, tiene que devolver las arras por el doble de su valor (10% x 2, condiciones establecidas en el código civil).

6.- La Minuta o Contrato de Compraventa es el documento mediante el cual se transfiere la propiedad del bien, y de acuerdo a la ley peruana, debe ser firmada por un abogado. Apenas se firma la minuta, se debe solicitar el bloqueo de la propiedad al notario.

7.- La Minuta de Compraventa se lleva ante un notario para que dé fe de los pagos y la eleve a Escritura Pública. Al momento de firmarse la escritura, se cancela el precio total de la transacción, previa entrega, por el vendedor, de todos los recibos pagados hasta esa fecha, tales como luz y agua, y teléfono y mantenimiento si fuera el caso; también los arbitrios municipales cancelados hasta el momento de la transacción y el impuesto predial por el año completo. En ese momento se hace entrega de las llaves al nuevo propietario.

8.- El notario debe inscribir esta escritura en la Oficina Registral de Lima y Callao para que la propiedad figure legalmente a nombre del comprador.

9.- Dentro de los 3 días de la fecha de la minuta, el vendedor debe descargar esta propiedad en la municipalidad que corresponda y el comprador la inscribirá a su nombre. En caso de que el inmueble sea nuevo, el comprador pagará el Impuesto General a las Ventas (IGV); si es una segunda venta, pagará el Impuesto de Alcabala en la municipalidad, que es equivalente al 3% del valor del autoavalúo.

10.- Todos los gastos notariales y registrales, de acuerdo a la ley peruana, corresponden al comprador.

11.- Los honorarios o comisión del agente inmobiliario corresponden al vendedor y se basan en un porcentaje del valor de venta del inmueble.

Fuente: casasperu.com