Ejecutivo declara estado de emergencia por desastres naturales en Huánuco y San Martín

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Ejecutivo declara estado de emergencia por desastres naturales en Huánuco y San Martín

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en localidades de las regiones Huánuco y San Martín debido, en el primer caso, al peligro inminente generado por el deslizamiento de masas, mientras que en el segundo responde a la ocurrencia de huaicos e inundaciones debido a intensas lluvias.

Mediante sendos Decretos Supremos publicados hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que ambas medidas tienen una vigencia de 60 días calendario para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

La localidad comprendida en la primera medida es Sillapata, ubicada en el distrito del mismo nombre, en la provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco. En este caso se establece que el Gobierno Regional de Huánuco, la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo y la Municipalidad Distrital de Sillapata, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias.

Para ello contarán con el apoyo de los Ministerios de Salud; de Educación; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Agricultura y Riego; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y de Energía y Minas.

Por su parte, el estado de emergencia en la región San Martín comprende al distrito de Uchiza, provincia de Tocache. En este caso se dispone el trabajo articulado del Gobierno Regional de San Martín, la Municipalidad Provincial de Tocache y la Municipalidad Distrital de Uchiza, con la coordinación técnica y seguimiento del Indeci, así como la participación de los ministerios mencionados.

Prórroga de emergencia

El Ejecutivo dispuso también la prórroga del estado de emergencia en la localidad de Naranjos, en el distrito de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, debido al impacto de daños por deslizamiento de masa.

También amplió esta medida en el distrito de Tacna, provincia y departamento del mismo nombre, debido al peligro inminente de colapso del sistema de saneamiento.

La vigencia de esta prórroga en ambos casos es de 60 días calendario y dispone que las autoridades regional y locales respectivas, con el seguimiento del Indeci, ejecutarán las acciones de respuesta y rehabilitación que correspondan, con la participación de ministerios.

La implementación de las acciones previstas en estos decretos supremos se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente, establecen las normas legales que llevan la firma del Presidente de la República, Martín Vizcarra, y están refrendadas por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/MAO